Trámites se efectúan en las oficinas de prevención de Bomberos de
Miranda
Llaman a comercios e industrias tramitar
Certificado de Prevención y Control de Incendios
Un
llamado para renovar o tramitar por vez primera el Certificado de Prevención y
Control de Incendios hizo el Primer Comandante del Cuerpo de Bomberos del
estado Miranda, Cnel. (B) Javier Mendoza, a los comerciantes y dueños de
empresa, recordándoles que dicho trámite contempla la inspección del local en
cuestión por parte de personal especializado y su adecuación a las normas de
seguridad vigentes.
“Para
nosotros la prevención de eventos adversos y la disminución de riesgos es
prioridad, además de un mandato contemplado en la Ley Orgánica del Servicio de
Bombero y de los Cuerpos de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias
de Carácter Civil, la cual establece que debemos garantizar la seguridad y vida
de las personas a través de las inspecciones de seguridad, dirigidas al
cumplimiento obligatorio de las normas técnicas de seguridad en materia de
prevención y protección contra incendios”, dijo.
Por tal razón, el comandante de los apagafuegos señaló que su
institución está siempre presta a atender todas las solicitudes de los
ciudadanos en ese sentido. “Para ello tenemos dispuestas oficinas de prevención
en sus estaciones de Los Teques, San Antonio, Charallave, Cúa, Ocumare del Tuy,
Santa Teresa, Santa Lucía, Guarenas, Guatire, Higuerote, Caucagua y Río Chico”.
Mendoza explicó que allí atienden de lunes a viernes en horario de
oficina a todos los que se acercan, bien sea para realizar el correspondiente
trámite o para solicitar algún tipo de asesoría. “Realmente es un procedimiento
que cada vez lo hacemos de manera más expedita para facilitarle las cosas a los
ciudadanos y cuyos requisitos pueden consultar tanto en el portal web de
Bomberos como en el del Gobierno de Miranda”.
También
es responsabilidad de los municipios
Por su parte, el Mayor (B) Julio Jaimez, jefe de la división de
Prevención e Investigación de Siniestros del ente bomberil, puntualizó que
según el artículo 199 de la misma Ley Orgánica del Servicio de Bomberos, “los
municipios deben exigir el Certificado de Prevención y Control de Incendios que
emitimos los bomberos a toda personalidad natural o jurídica antes del
otorgamiento de cédulas de habitabilidad, ampliación o modificación, licencia
de industria y comercio, de licores, constancias de contribuyente o cualquier
otro instrumento de carácter provisional o definitivo”.
En tal sentido, los funcionarios bomberiles reiteraron el llamado a los
ciudadanos para que se pongan al día y tramiten el conocido Permiso de
Bomberos.
(24/05/2017)
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